Responsabilidad Penal de las Empresas y los Programas de Compliance

Mediante la reforma 5/2010 de 22 de junio del Código Penal se introduce la Responsabilidad Penal de la Persona Jurídica perdiendo el precepto “societas delinquere non potest”, su aplicabilidad práctica.

Ante la aprobación de la Ley Orgánica 1/2015 de 30 de marzo se crea una relación ineludible entre la responsabilidad penal instaurada sobre la persona jurídica y el “debido control” del cumplimiento normativo a ejercer por la misma.

Es por ello, que desde nuestro despacho creemos que se ha tornado, además de un imperativo deontológico, una necesidad legal básica el diseño e implementación de sistemas de prevención y gestión, así como de supervisión y control adecuados dentro de la empresa, denominados Programa Corporate Compliance.

  • Programa Corporate Compliance
  • Análisis de riesgos penales
  • Implantación de medidas de prevención
  • Formación a trabajadores, directivos y responsables del cumplimiento normativo
  • Creación y gestión del Canal de denuncias
  • Auditorias complementarias